La Plata, 02 de marzo de 2026.-
Sírvase citar: C.S 015/26
Señor Presidente
Colegio de Odontólogos
de la pcia. de Buenos Aires
10 Distritos
S. ________ / ________ D.
De nuestra mayor consideración:
Tenemos el agrado de dirigirnos a usted, en virtud de lo resuelto por el Consejo Superior en reunión celebrada el pasado 27 de febrero (Resolución 05/2026), en donde, por razones de necesidad y urgencia, se dispuso declarar inaplicable el criterio de actualización arancelaria establecido en la Asamblea Provincial celebrada el día 31 de agosto de 2019. A tal fin, se adjuntan los nuevos Aranceles Odontológicos Mínimos.
Sin otro particular, saludamos a Ud. atentamente.
Od. David Rubilar
Secretario General
Od. Diego Biscioni
Presidente
Consejo Superior del Colegio de Odontólogos de la Provincia de Buenos Aires
Calle 15 N° 672 | La Plata (1900) | +54 (221) 355-2013 | secretaria@cosucoba.org.ar | www.cosucoba.org.ar

Los nuevos aranceles rigen a partir del 1/3/2026
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